La trascendencia del Decreto 847 en el Sistema de Cese Laboral

La trascendencia del Decreto 847 en el Sistema de Cese Laboral

Publicado por Estudio Jurídico Sandali Carrascosa & Asociados


Resumen

La trascendencia del Decreto 847 se revela como un punto de inflexión en la regulación del Sistema de Cese Laboral en la Argentina. El articulado establece directrices cuya correcta interpretación será clave para evitar conflictos entre empleadores, trabajadores y sindicatos.

Fundamento y contenido del Decreto 847/2024

El Decreto 847/2024, publicado en el Boletín Oficial con fecha 3 de junio de 2024, reglamenta el funcionamiento del denominado Sistema de Cese Laboral, previsto originalmente en el artículo 241 bis de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT). Esta norma introduce una nueva figura para la extinción del contrato de trabajo, dotándola de un carácter más flexible y predecible tanto para el trabajador como para el empleador, mediante un mecanismo acordado y formalizado ante autoridad competente.

La trascendencia del Decreto 847 radica en su intento de brindar seguridad jurídica a los actores sociales, sistematizando un procedimiento que hasta ahora presentaba una zona gris normativa, lo cual derivaba en litigiosidad frecuente.

Alcance jurídico y efectos prácticos

Desde una perspectiva jurídica, este nuevo sistema establece que el cese de la relación laboral debe revestir carácter voluntario y bilateral, quedando plasmado mediante acta homologada por el Ministerio de Trabajo. Según establece el artículo 5 del Decreto, “la homologación convalida la extinción sin generar derecho a reclamo ulterior, salvo vicios del consentimiento”. Esta cláusula, sin embargo, abre la puerta a posibles impugnaciones por nulidad relativa, en base a lo dispuesto por el Código Civil y Comercial de la Nación (arts. 265 y 267).

Asimismo, la reglamentación impone deberes de información y asesoramiento legal obligatorio, lo cual apunta a resguardar el principio protectorio del trabajador consagrado en el artículo 14 bis de la Constitución Nacional. No obstante, los gremios han manifestado reparos respecto a la implementación práctica de este sistema, aduciendo que podría facilitar desvinculaciones encubiertas.

Controversias potenciales y desafíos interpretativos

Indudablemente, la trascendencia del Decreto 847 será materia de análisis jurisprudencial en los próximos años. En particular, su aplicabilidad frente a ceses masivos, las condiciones para excluir el fraude laboral, y la validez del consentimiento en contextos de subordinación económica, generarán debates doctrinarios. Ya la jurisprudencia de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, en fallos como “Sánchez c/ Techint S.A.” (2022), ha señalado la necesidad de “una tutela judicial efectiva frente a renuncias presuntamente inducidas”.

Frente a ello, el carácter dinámico de las relaciones laborales impone una interpretación sistemática del decreto en consonancia con los principios del derecho del trabajo. Será responsabilidad de los operadores jurídicos aunar criterios que impidan usos distorsivos del nuevo régimen.

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