Un fallo reciente de la justicia ha dejado sin efecto los aumentos aplicados por una empresa de medicina prepaga a un jubilado. Además, se ordenó el ajuste de cuotas en proporción al aumento del haber del jubilado.
Un criterio novedoso en cuanto al índice de actualización.
La mayoría de los jueces eligen el índice de Precios al Consumidor del INDEC para determinar los aumentos en las cuotas de las prepagas. Sin embargo, en este caso en particular, el juez Gerardo Santicchia ha decidido aplicar un criterio diferente.
El fallo a favor del jubilado. Se ordenó el ajuste de cuotas en proporción.
El juez Santicchia ha hecho lugar a una medida cautelar solicitada por un jubilado con una enfermedad grave, quien demandó a la empresa Swiss Medical. El afiliado argumentó que no podía afrontar los aumentos indiscriminados de las cuotas y que se encontraba en una situación financiera complicada debido a su enfermedad. Santicchia ordenó el ajuste de cuotas en proporción al aumento de haberes del jubilado.
El derecho constitucional a la salud.
El juez consideró que el derecho constitucional a la salud del jubilado estaba comprometido y que existía peligro en la demora. Por lo tanto, dictó una medida cautelar para dejar sin efecto los aumentos de la cuota del plan de medicina prepaga hasta que se emita una sentencia definitiva.
Ajuste proporcional al haber jubilatorio.
El magistrado también ordenó que, mientras se resuelve el caso, la cuota mensual del jubilado solo puede ajustarse en la misma proporción que el aumento de su haber jubilatorio. Esto garantiza que el aumento de la cuota esté en línea con los ingresos del afiliado.
Protección para los jubilados.
Este fallo sienta un precedente importante en cuanto a la protección de los derechos de los jubilados y la necesidad de ajustar las cuotas de las prepagas de manera proporcional a sus ingresos. Esto asegura que los jubilados puedan acceder a los servicios de salud sin que sus cuotas se vuelvan una carga económica insostenible.
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Fuente: www.ambito.com